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¿Es justo que te sustituyan por un robot?

Los despidos, en este país, están a la orden del día, y con la crisis, que sin haberse terminado, piensa repetirse dentro de muy poco, los españoles y españolas aguantan todo tipo de injusticias en el ámbito laboral, con tal de que no los echen a la calle. Horas extras sin pagar, sueldos de risa, contratos ridículos. La explotación en el entorno laboral, no conoce límite en este país, y eso, a pesar de la reciente ley de control horario, que pretende acabar con los abusos en el trabajo y con los fraudes a la seguridad social.

Explotación laboral, fraude y despidos improcedentes

Se supone, que desde que se aprobó la ley, el número de horas extras no pagadas y sin cotizar, ha bajado. Pero el problema sigue ahí, ya que solo las grandes empresas parecen cumplir la norma con seguridad, debido a los sistemas de control que emplean. Sin embargo las medianas y pequeñas, el pequeño comercio, la hostelería, etc, todavía no cuenta con un método fiable que registre el número real de horas trabajadas.

El miedo al despido es tal que la mayoría callan las injusticias. Y a pesar de la lealtad, en cualquier momento pueden despedirte. Esto es lo que le ocurrió a una mujer que tras 13 años trabajando en el mismo puesto, sin la más mínima queja por parte de sus jefes y haciendo bien su trabajo, fue despedida. ¿El motivo? Ahorrar dinero. Sí, sustituyéndola por un robot. El robot no se cansa, no come, no duerme, no tiene sed ni va al servicio, no se queja, no se pone enfermo, ni pide descansos, reducciones de jornada ni conciliación laboral, tampoco cotiza a la seguridad social ni cobra un sueldo.

Afortunadamente, la mujer, que trabajaba en Lopesan Hotel Management SL desde hace 13 años de y que fue sustituida por un programa informático o robot de gestión llevó el caso ante los tribunales, y la justicia le dio la razón. Así que la empresa, ha tenido que pagarle una indemnización por despido improcedente.

En un futuro cercano, algunas personas pueden ser sustituidas por programas informáticos, y en muchos casos, estos despidos serán improcedentes. Ante un caso claro de despido improcedente, el afectado tiene derecho a una indemnización o bien a recuperar su puesto de trabajo. En caso contrario y de no llegar a un acuerdo, se pondrá el caso en manos de la justicia. Así lo aseguran en García Álvarez y Piñeiro, Abogados, un despacho de abogados especialistas en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, formados por abogados laborales y graduados sociales expertos en esta área, que asesoran a a sus clientes en toda clase de asuntos relacionados con el campo del derecho laboral. Este despacho, forma parte de la Asociación Nacional de Abogados Laboralistas ( ASNALA), lo cual avala sus servicios, que incluye: despidos y reestructuraciones, despidos individuales y colectivos, arbitraje y litigios en el orden Jurisdiccional Social, procedimientos, laborales administrativos y contencioso-administrativos, contratación laboral, negociación colectiva, etc.

La sentencia obliga a la empresa a devolver a la mujer su puesto de trabajo o a pagarle una indemnización de 28.305 euros; 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, más 863 euros de intereses, ya que a la mujer no se le avisó previamente de que iba a ser despedida, es decir, de que su contrato iba a extinguirse de manera injustificada.

La sentencia ha dejado claro que un trabajador o trabajadora no puede ser sustituido por un robot únicamente para reducir costes, sin más justificación, lo cual supondría un reducción de los derechos de los trabajadores con el objeto de “aumentar la libertad de la empresa”.

La motivación empresarial se vislumbra en la propia carta de despido. El uso de bots supone un aumento considerable de la productividad, dado que pueden hacer el trabajo de varias personas, lo que aumenta la competitividad y reduce costes. En palabras del juez Javier Ercilla, titular del Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria,“esos costes que se reducen, se circunscriben en prescindir totalmente de los trabajadores. Esto es, se erige la mejora de la competitividad como elemento único que justifique el despido, mediante la introducción de bots que automaticen el trabajo, desplazando a la masa laboral humana. Definitivamente, esto no puede ser tenido como una causa justa para un despido objetivo procedente, por cuanto lo contrario implicaría favorecer, so pretexto de la competitividad, la subestimación y minimización del derecho al trabajo”.

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